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Cómo saber el tipo de formación que debe incluir o no el IVA en las facturas

 

Cuando se acaban las vacaciones, prolifera la publicidad sobre cursos, másteres, formaciones varias y en el caso de los autónomos, freelancers y emprendedores la cosa es aún más notable ya que solemos invertir en cursos específicos de Marketing, FB Ads, email marketing, etc., ya sea paquetizada o en directo.

La cosa es que cuando eres tú quien vende esos cursos te planteas si debes incluir IVA o no en tus facturas de formación, y cuando eres quien compra... ahí ya si que vamos como un toro embolao. 

En este post te cuento lo que debes saber. Vamos a ello.

Llega el trimestre. Has emitido facturas con IVA. Bien. Lógico. ¿O no? Veamos.

Recibes facturas de gastos. Has invertido en tu negocio, en ti.

Material de oficina, un ratón nuevo, un smartphone... y dos o tres cursos para potenciar tu emprendimiento. Perfecto.

Pero, Oh my god! revisas las facturas de los cursos comprados y resulta que ninguno lleva IVA (Con suerte, llevan el NIF/CIF de quien las expide).

Buuuf!! ¿Qué haces? Contactas con los que han expedido la factura y te dicen cosas como "no pasa nadaaa", "es un justificante", "mételo como gasto...".

Chachi. Ahora te cuento...

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Te digan A, B, C o AEIOU esto es lo que hay. Existen sentencias al respecto, donde se deja claro que no todo el tipo de formación que se imparte está exenta de IVA.

Y no lo digo yo, ni es que me mole más o menos el tema. Lo dice el fisco, my friend.

Algunas facturas suelen indicar una coletilla al pie o en un lateral similar a esta: “Esta factura está exenta de IVA según lo dispuesto en el Art. 20, punto 9, de la Ley del IVA 37/1992”.

Miras el concepto de la factura y resulta que se trata de formación no reglada (curso de FB Ads, de Marketing, o de lo que quiera el profesional que emite la factura) y a veces incluso (¡tacháaaan!) lo veo en conceptos que nada tienen que ver con la formación.

Sip. He visto facturas “exentas de IVA” en servicios de adecuación de webs al RGPD... casi nada. Con dos webs...

Venga. Can you repeat. Para aclararnos: Solo están exentas de IVA las facturas por formación REGLADA y las de tipo “sanitario”.

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Otro dato más. En la consulta vinculante V099-13, se explica lo que comento más arriba. Es decir: 

“... la exención no será aplicable a los servicios de enseñanza que versen sobre materias no incluidas en alguno de los planes de estudios de cualquiera de los niveles o grados del sistema educativo español.” Y en eso, no importa que sean clases particulares o no sobre Matemáticas, Derecho o Psicología (A no ser que estés titulado para ello y seas profesor universitario, y aún así, si es fuera de un colegio, instituto o universidad... habría que valorarlo).

Por tanto, quien dicta si un curso, master, grado o posgrado o ese videocurso que acabas de lanzar está exento de IVA, corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 

Puedes ver si tu curso se encuentra entre las materias o planes formativos de dicho Ministerio aquí

¿No lo encuentras? Posiblemente se trata de un curso basado en materias no "regladas". Pues si eres tú quien comercializa el curso, entonces deberías estar incluyendo en tus facturas el IVA

Si eres quien lo compra, deberías exigir que te incluyan el IVA (recuerda, si tu emites con IVA pero compras sin IVA, no te lo vas a poder desgravar).

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Formaciones Regladas vs. Oficiales

No es lo mismo un bocata de pastel que un pastel de bocata. Nop. Tampoco es lo mismo una formación reglada que una oficial.

Ya sabemos lo que es una formación reglada (refresh: la que se contempla en los planes de estudio del MECD.

¿Y formación oficial? Es aquella, que sin ser reglada, si que está admitida por el Ministerio. Por ejemplo, la formación necesaria para obtener el carnet de manipulador de alimentos, o el de instalador de extintores, mantenedor de piscinas, etc.

Aquí el tema se complica, no sé si por picaresca o no... pero no son pocas las academias o profesionales de este tipo de formación, que tampoco incluyen el IVA en sus facturas alegando que la formación que ofrecen "es oficial".

Ahí lo dejo.

Repasillo del tema en vídeo

¡OJO! Algunos clientes ya me han preguntado cosas como estas:

-¿Si tengo una academia y doy clases de repaso, entonces al ser presencial lleva IVA?

-Si vendo cursos con vídeos grabados en lugar de vídeos en streamming, lleva IVA?


La respuesta a las mismas es simple: Si hay material que tenga que ver con formación reglada NO lleva IVA sea academia presencial, online o mixta o vídeos de Vimeo, Youtube, Amazon o tu WordPress.

Es decir, te digan lo que te digan: DA LO MISMO que sea material presencial, grabado o en directo. Insisto: Si guarda relación con formación reglada NO lleva IVA. No te lies, el soporte no tiene nada que ver, salvo que se trate de otro tipo de material o formación/producto/servicio y se deba aplicar lo que hablo en este otro post.

En Conclusión

A mis clientes cuando toca hacer el trimestre y me encuentro con alguna de estas "facturas" (recibos, justificantes o lo que sea, a veces no se les puede llamar facturas) les aviso de lo que puede ocurrir.

Evidentemente, si la otra parte, la que vende la formación no está por la labor de hacerte una factura (por ejemplo, por que es residente fiscal en Luxemburgo aunque viva en Madrid...) pues la solución más rápida pasa por meter esa compra como gasto.

No te desgravas el IVA de ese curso que has comprado, algo que es asumible si no te has gastado 900 pavetes 😉 

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¿Te ha quedado más claro lo de facturar con o sin IVA si vendes cursos (como infoproductos?

Espero que sí. Si tienes cualquier duda, no dudes en dejarla en los comentarios.

Y para saber si ese curso que acabas de comprar puedes contabilizarlo como gasto no te pierdas este post sobre el tema.

Hasta la próxima 🙂

Post by: Miguel Aguado

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Publicado en Blogging Solutions, Emprendimiento